Pedro Garrido Chamorro NOTARIO
Pedro Garrido Chamorro NOTARIO

TESTAMENTOS

El testamento es el documento por el que una persona dispone de sus bienes para después de su fallecimiento. Puede contener otras disposiciones de carácter personal, como nombrar tutores para los hijos menores de edad.

 

Utilidad:

 

La existencia de un testamento evita a los herederos el trámite de la declaración de herederos, que resulta algo más engorroso. Pero sobre todo, sirve para decidir quién recibirá el patrimonio, y en qué condiciones.

 

Es especialmente importante su otorgamiento en un matrimonio o pareja, sin tener que esperar para otorgarlo a la vejez: A falta del mismo, el cónyuge viudo apenas recibe nada en la herencia del que hubiera fallecido (por ejemplo, el usufructo de un tercio de la herencia, si hay hijos o nietos). Mediante el testamento los cónyuges pueden dejarse mutuamente el usufructo universal de la herencia del primero que falleciera, e incluso otorgar al sobreviviente la facultad de decidir cómo se hará el reparto de las dos herencias entre los hijos del matrimonio.

 

Qué necesito:

 

Basta en principio con el DNI del testador (o, si se trata de un extranjero, Permiso de Residencia, Pasaporte o Documento de Identidad de un país de la UE, vigentes). Y hay que tener el nombre y apellidos completos de los favorecidos en el testamento, y su número de DNI si no son miembros de la familia. En general, no son necesarias las escrituras de los bienes que se van a dejar.

 

Cuánto cuesta: En principio, su coste está en unos 38 €, IVA incluido. 

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© Pedro Garrido Chamorro, Notario